Patricio Sánchez López
Abogado
Diplomado en Litigación
La pensión alimenticia debe incluir los recursos necesarios para el pleno desarrollo material, intelectual, moral y espiritual del alimentario.
Y esto no lo decimos nosotros: La Corte Suprema lo señaló en una resolución en el año 2019. Evidentemente, la pensión alimenticia no cubre solamente el supermercado, la mensualidad del colegio, el arriendo. Son muchos otros gastos los que se devengan mensualmente en la crianza de un hijo o hija que deben ser cubiertos.
En este artículo intentaremos responder que es lo que debe incluir la pensión de alimentos. Ella la paga el padre o la madre (alimentante) que no vive con su hijo o hija (alimentario).
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¿Qué necesidades cubre la pensión alimenticia?
Debes tener presente esto: tanto el padre como la madre están obligados a satisfacer las necesidades de su hijo o hija. Esto se profundizará en otro artículo, pero previamente debes entender que el alimentante que no vive con el alimentario no debe encargarse de todo. También la Corte Suprema se ha pronunciado, diciendo que es responsabilidad de ambos progenitores aportar a las necesidades de forma proporcional a sus facultades económicas.
Retomando la pregunta, la pensión alimenticia no es solo la comida, gastos médicos, etc. La pensión de alimentos se paga a favor del hijo que no puede subsistir por si mismo y deberá cubrir todas sus necesidades. Dichas necesidades incluyen, principalmente:
- Alimentación: Gasto en supermercado, feria, carnicería, pescadería, etc. Incluye higiene personal.
- Transporte: Necesario para trasladarse al establecimiento educacional, por ejemplo.
- Salud: Controles, terapias, tratamientos y medicamentos, etc.
- Educación: Matricula, mensualidad, útiles escolares, etc.
- Vestuario: Personal y uniforme escolar.
- Vivienda: Arriendo, dividendo, gastos comunes y básicos (luz, agua, gas, TV, telefonía, internet)
- Recreación: Juguetes, cursos, talleres, etc.
¿Cómo demando para incluir todas esas necesidades?
Nosotros acostumbramos siempre a presentar una tabla pormenorizada de gastos del hijo o hija para redactar todas nuestras demandas. De hecho, quiero enfatizar en esto: debe hacerse la costumbre de guardar TODAS las boletas, recibos de pago, etc. de esos gastos. Ellas son prueba fundamental para poder acreditarlos y obtener la pensión alimenticia que necesitas.
En dicha tabla, se colocaran a un lado las necesidades, y al otro lado los gastos que devengan esas necesidades. Todas ellas implican un gasto que es mensual, semestral, anual, etc. y siempre deberán reducirse al mes. Por ejemplo, si hay un gasto semestral (como la matrícula) deberá multiplicarlo por 2 y dividirla por 12, y el resultado es el monto reducido al mes.
Algo importante. Si hay un gasto que se realiza de una sola vez para todo el grupo familiar, como el gasto de supermercado, se hace otra operación. Se deberá calcular la parte que corresponde al hijo “per cápita”. Es decir, por ejemplo, si tu grupo familiar son 4 personas, y uno de ellos es el hijo o hija por el que demandarás, se hace esto. Si el gasto es $400.000.- mensuales en dividendo y gastos comunes, deberás dividir ese gasto por 4 y te resultará $100.000.- mensuales. Ese es el gasto que se entiende que tiene el hijo o hija por el que demandarás.
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